Sobre la posibilidad de un concepto común y expansivo de trabajador en el Derecho de la Unión Europea
Abstrak
La delimitación del ámbito del Derecho del Trabajo y la definición de los contornos del concepto de trabajo asalariado corresponde a la competencia de los Estados y, por consiguiente, a sus respectivos ordenamientos. De modo que el Derecho Social de la UE únicamente se encargaría de aportar algunas referencias meramente instrumentales con la finalidad de garantizar el efecto útil de cada norma. Sin embargo, con el paso del tiempo, esa reconstrucción plural y fragmentaria del concepto que lleva a cabo el TJUE a través del método de casos permitiría advertir que se ha ido conformando una noción verdaderamente autónoma y expansiva de trabajador. Lo que persigue este modesto estudio es, no tanto un recorrido exhaustivo por esa construcción jurisprudencial del concepto de trabajador, cuanto —a propósito de las sentencias referidas a consejeros y administradores de sociedades mercantiles de capital— dar respuesta a un par de preguntas: la primera, si ello ha podido pulverizar nuestra jurisprudencia sobre la teoría del vínculo como criterio delimitador de los consejeros ejecutivos y la alta dirección laboral; y, con ello, dejar seriamente tocada la exclusión del art.1.3 c) ET. La segunda, si tiene sentido la laboralización de ese privilegiado colectivo.
Topik & Kata Kunci
Penulis (1)
Carolina Martínez Moreno
Akses Cepat
- Tahun Terbit
- 2023
- Sumber Database
- DOAJ
- DOI
- 10.24310/rejlss.vi6.16086
- Akses
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